El autor toma dos casos que pusieron en duda los alcances de la Constitución y la legislación penal en nuestro país sobre la facultad de los padres a ejercer la custodia de sus hijos menores. Asimismo, explica que en diversas situaciones la interpretación de ambos ordenamientos sobre la materia puede resultar perjudicial.

En las últimas semanas, los diferentes medios de comunicación han difundido dos noticias cuyos protagonistas son padres procesados por la comisión del delito de secuestro, y que, por requerimiento del Ministerio Público, el Poder Judicial les ordenó prisión preventiva.

El primero de estos dos casos ocurrió en la Región Arequipa y motivó una gran indignación: Delia Flores fue detenida porque intentó inscribir en el Registro Civil a un menor de tres meses de nacido como su hijo sin la constancia de nacimiento y utilizando documentos fotocopiados. Las autoridades policiales “sospecharon” que el menor era un niño raptado en un centro de salud en el mes de octubre pasado y detuvieron a Flores por una semana, ordenándose su ingreso al Establecimiento Penitenciario de Pucchun por la presunta comisión del delito de secuestro agravado. Posteriormente, se determinó, en los resultados de la prueba de ADN, que era la verdadera madre del niño y así obtuvo su libertad.

El segundo caso tuvo como protagonista al ciudadano norteamericano Dustin William Kent, quien llegó al Perú con la finalidad de recuperar a su hija de 5 años de edad, sustraída en los Estados Unidos por su exesposa y madre de la menor. La mujer trasladó a la niña incumpliendo una orden emitida por un tribunal de justicia que otorgaba la custodia al padre. Kent, fue detenido por la Policía Nacional y la niña entregada a la madre sin tomar en consideración a quién le correspondía la tenencia legal. El Poder judicial ordenó dos meses de prisión preventiva para el progenitor por participar en el delito de secuestro agravado (delito penado con cadena perpetua). Por su parte, el Ministerio Público solicitaba 18 meses de esta medida coercitiva de carácter personal, lo que en verdad no se entiende de un órgano considerado “defensor de la legalidad”.

¿Cometen secuestro los progenitores respecto de sus hijos menores de edad?

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *